Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal
Menú Principal

Personas

Más Seguros

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Menú Principal

Atención al Cliente

Nacional 01 8000 519 991

Bogotá 3077024

Celular #624

Accidentes Personales

Es un seguro que cubre las consecuencias económicas de un accidente sufrido por
el asegurado. Puede Contratarse
Individual o Colectivo.

SI 24 horas

Home 5 Empresas 5 Vida Colectivos 5 Accidentes Personales

  • Fallecimiento accidental

Coberturas adicionales

  • Inhabilitación Total y Permanente
  • Indemnización adicional por fallecimiento en un accidente de transito
  • Indemnización adicional por inhabilitación derivada de un Accidente de Transito.
  • Gastos de Exequias
  • Indemnización adicional por inhabilitación derivada de un Accidente de Transito.
  • Renta Mensual.
  • Honorarios Médicos y Gastos por Tratamiento

Descubre los detalles de la poliza

Las condiciones generales de los seguros de vida colectivos de MAPFRE indican las coberturas incluidas en cada póliza, las obligaciones y derechos de los asegurados y los pasos a seguir para acceder a las indemnizaciones relacionadas.

El seguro de Accidentes Personales de MAPFRE, que puede contratarse de forma individual o colectiva, cubre las consecuencias económicas derivadas de un accidente sufrido por el asegurado.

Así, ofrece una indemnización por el fallecimiento accidental del asegurado, teniendo en cuenta el límite establecido en la caratula de la póliza entregado por MAPFRE en el momento de la contratación.

Además, es una póliza flexible ya que da a los asegurados la posibilidad de añadir amparos opcionales como, por ejemplo, Inhabilitación Total y Permanente, Indemnización Adicional por Fallecimiento, Gastos por Tratamiento o Exequias.

MAPFRE incluye en las condiciones generales de sus seguros de vida colectivos cuáles son los requisitos y restricciones que deben cumplir los asegurados para acceder a los beneficios ofrecidos por la Compañía.

El seguro de Accidentes Personales de MAPFRE indica los siguientes requisitos y restricciones:

  • MAPFRE solo se hace responsable de los eventos que tengan lugar durante el periodo de validez de la póliza y siempre y cuando se haya abonado la prima correspondiente.
  • En póliza colectiva, la indemnización máxima por concepto de varias reclamaciones por un mismo evento durante la vigencia del seguro no excederá del límite de indemnización fijado en las condiciones del seguro de Accidentes Personales.
  • En las pólizas colectivas, el contrato se dará por finalizado si el grupo que renueva es inferior a 10 personas, excepto en los casos aceptados por la Compañía.
  • La póliza quedará cancelada si MAPFRE entrega una indemnización a los asegurados igual al 100% del amparo de Inhabilitación Total y Permanente.
  • El asegurado y el tomador de la póliza tienen la obligación de comunicar a MAPFRE cualquier modificación del estado del riesgo.

Además, MAPFRE establece una serie de restricciones según la edad del asegurado incluido en la póliza según la cobertura relacionada con el evento:

  • Fallecimiento Accidental y Exequias: indica una edad mínima de ingreso de un año y una edad máxima de 65 años y 364 días. Igualmente, la edad de permanencia máxima es hasta los 75 años y 364 días.
  • Resto de amparos: la edad mínima de ingreso establecida es de un año y la edad máxima de 60 años y 364 días. La edad de permanencia máxima es hasta los 65 años y 364 días.
MAPFRE, a través de las recomendaciones de uso incluidas en las condiciones generales, indica a los asegurados cuáles son los procedimientos adecuados para acceder a los beneficios de sus seguros de vida colectivos de MAPFRE.

MAPFRE recomienda antes de dar de alta el seguro de Accidentes Personales:

  • Estudiar las condiciones generales y particulares de las coberturas incluidas en la póliza, así como los servicios ofrecidos por la Compañía.

Además, indicamos una serie de recomendaciones una vez dado de alta el seguro de Accidentes Personales de MAPFRE:

  • La póliza estará vigente a partir de las 24:00 horas del día siguientes en que la Compañía reciba el pago de la prima en su totalidad o de la primera cuota, en casos de pago fraccionado.
  • En la carátula de la póliza se indican el valor de la cuota, la forma de pago y el término de vigencia del acuerdo.
  • MAPFRE entregará la indemnización a la persona asegurada, tras la comprobación de los hechos, dentro del mes siguiente a la notificación del siniestro.
  • El tomador de la póliza puede cancelar el seguro de Accidentes Personales  a través de un escrito a la Compañía, siendo considerada como fecha efectiva la fecha de recepción de la comunicación.
  • El impago de la prima o de cualquiera de las cuotas acordadas previamente será motivo de cancelación de los derechos adquiridos por los asegurados.
  • MAPFRE tiene derecho a no entregar una indemnización si detecta mala fe o hechos fraudulentos por parte del tomador del seguro o beneficiario.
  • El asegurado debe actualizar la información relativa a su domicilio si esta cambia, pues cualquier comunicación se hace en el domicilio que figure en la carátula del seguro.
  • Las consultas relacionadas con la póliza de Accidentes Personales de MAPFRE pueden dirigirse a nuestro servicio de Atención al Cliente Si-24, operativo las 24 horas, los 365 días del año, también desde fuera del territorio colombiano.